{"id":21980,"date":"2015-01-06T17:40:21","date_gmt":"2015-01-06T17:40:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www.panamaimmigration.net\/?p=130"},"modified":"2023-05-09T21:44:43","modified_gmt":"2023-05-09T21:44:43","slug":"sociedades-anonimasen-panama","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/panamalegalgroup.com\/blog\/comercio-y-empresas\/sociedades-anonimasen-panama\/","title":{"rendered":"Sociedades An\u00f2nimas En Panam\u00e0"},"content":{"rendered":"<p>La importancia de las sociedades an\u00f3nimas es la versatilidad, la seguridad y la confianza, y el f\u00e1cil manejo por parte de sus due\u00f1os.<\/p>\n<p>Las Sociedades An\u00f3nimas tienen una participaci\u00f3n en el capital social, representado a trav\u00e9s de Certificados de Acciones. Los accionistas de una sociedad an\u00f3nima (S.A) no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino \u00fanicamente hasta el monto del capital aportado.<\/p>\n<p>Podemos mencionar como caracter\u00edsticas las siguientes:<\/p>\n<p>Anonimidad<br \/>\nSobre los beneficiarios o due\u00f1os de la sociedad, debido a que sus nombres se registran solamente en el Libro de Acciones de la Sociedad y no en oficinas p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Exenci\u00f3n de Impuestos (Offshore)<br \/>\nSobre los bienes, las utilidades, beneficios o ganancias obtenidas por la Sociedad Offshore, cuando estas se obtengan o se realicen fuera del territorio de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n<p>En la Rep\u00fablica de Panam\u00e1, el Impuesto sobre la Renta se grava s\u00f3lo sobre el ingreso neto gravable que se obtenga de las operaciones llevadas a cabo dentro del territorio de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. Las rentas obtenidas de las operaciones consumadas en el extranjero, no son rentas obtenidas de fuentes dentro de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1, y, por lo tanto, no est\u00e1n sujetas a gravamen bajo nuestra Ley.<\/p>\n<p>Aunque la sociedad paname\u00f1a tenga una oficina, empleados y licencia para desempe\u00f1ar negocios en la Rep\u00fablica de Panam\u00e1, a\u00fan as\u00ed, \u00e9sta no pagar\u00e1 impuestos sobre la renta en Panam\u00e1, siempre que las transacciones de las cuales surgi\u00f3 su ingreso fueran consumadas fuera de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<br \/>\nLos individuos quienes reciben salarios, sueldos o cualquier otro tipo, de compensaciones de las sociedades paname\u00f1as, est\u00e1n sujetos al impuesto sobre la renta de Panam\u00e1 s\u00f3lo si se les considera como residentes permanentes de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. Las sociedades que tiene \u00fanicamente ingresos de fuentes extranjeras no est\u00e1n obligadas a preparar o publicar estados financieros ni les es requerido declaraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Exoneraci\u00f3n de Declaraci\u00f3n en el Territorio Nacional (Offshore)<br \/>\nSobre actividades realizadas por la Sociedad paname\u00f1a fuera de Panam\u00e1, no se exige la presentaci\u00f3n de declaraciones financieras, comerciales o tributarias.<\/p>\n<p>Idioma del Pacto Social<br \/>\nEn Panam\u00e1, el Pacto Social de la Sociedad o Corporaci\u00f3n Offshore puede ser confeccionado en otro idioma, adem\u00e1s del espa\u00f1ol.<\/p>\n<p>Capital de la Sociedad<br \/>\nNo se requiere que el capital de la sociedad se encuentre depositado en bancos, o que los bienes de la Sociedad se encuentren ubicados en Panam\u00e1. Tampoco se requiere que el total del capital sea pagado al momento de su constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Propietarios, Junta Directiva y Dignatarios<br \/>\nUna o m\u00e1s personas (naturales o jur\u00eddicas), nacionales o extranjeros, pueden ser propietarios de la sociedad paname\u00f1a, salvo cuando se trate del comercio al por menor dentro de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n<p>Los Directores y Dignatarios de la sociedad no necesitan ser accionistas. Se requiere un m\u00ednimo de tres Directores, sin embargo, uno puede ejecutar m\u00e1s de una funci\u00f3n como Dignatario.<\/p>\n<p>Poder General<br \/>\nEn caso de preferirse la total confidencialidad, se puede solicitar el servicio de Junta Directiva, que posteriormente otorgar\u00e1 un Poder General para su manejo y apertura de cuentas, que ser\u00e1 totalmente privado.<\/p>\n<p>Titularidad<br \/>\nLas sociedades paname\u00f1as pueden ser de toda clase de bienes o activos, incluyendo cuentas bancarias, localizados en cualquier parte del mundo, y de las cuales no tienen que ser declaradas en Panam\u00e1.<\/p>\n<p>Diferencia entre Sociedad An\u00f3nima y Sociedad An\u00f3nima Offshore<\/p>\n<p>Ambas sociedades son constituidas similarmente, se diferencian en que la an\u00f3nima ejerce su comercio en la Rep\u00fablica de Panam\u00e1 y est\u00e1 obligada a declarar impuestos, obtener un Aviso de Operaci\u00f3n, y dem\u00e1s permisos necesarios para las operaciones dentro del territorio nacional dependiendo de sus funciones, as\u00ed como el pago de los impuestos correspondientes. Las sociedades offshore ejercen el comercio fuera del territorio nacional, por ello, si sus actividades se consuman en otro pa\u00eds, sus ganancias no est\u00e1n obligadas a ser declaradas en Panam\u00e1 ni el pago de impuestos de las mismas. El resto de sus caracter\u00edsticas como Junta Directiva, confidencialidad, capital, etc., son iguales.<\/p>\n<p>Requisitos:<br \/>\n&#8211; Nombre de la sociedad. Se solicitar\u00e1n tres opciones en caso de que alguno est\u00e9 ya registrado.<br \/>\n&#8211; Los fines principales de la sociedad.<br \/>\n&#8211; La cantidad del capital autorizado, indicando el n\u00famero de acciones en que se dividir\u00e1 el mismo. La<br \/>\nley paname\u00f1a exige un m\u00ednimo de diez mil d\u00f3lares (US$10,000.00), sin embargo no es necesario que sean desembolsados.<br \/>\n&#8211; Si el capital estar\u00e1 constituido por acciones de valor nominal, sin valor nominal o con valor a la par.<br \/>\nEn el caso de acciones con valor nominal o valor a la par, no es necesario declarar la cantidad del<br \/>\ncapital, sin embargo; es necesario indicar el n\u00famero de acciones que ser\u00e1n emitidas.<br \/>\n&#8211; Si las acciones ser\u00e1n nominativas o al portador.<br \/>\n&#8211; El nombre completo y la direcci\u00f3n postal de por lo menos tres Directores.<br \/>\n&#8211; El nombre completo, sin iniciales, y direcci\u00f3n de los primeros Dignatarios de la sociedad; es decir,<br \/>\nun Presidente, un Secretario y un Tesorero. La Ley permite que una misma persona ocupe m\u00e1s de<br \/>\nun cargo. Los Directores y Dignatarios no necesitan ser residentes o ciudadanos de la Rep\u00fablica de<br \/>\nPanam\u00e1.<br \/>\n&#8211; Copia de Pasaporte de los accionistas.<br \/>\n&#8211; Datos generales y copia de pasaporte del apoderado general en caso de requerirlo.<\/p>\n<p>Panama Immigration es un blog de Panama Legal Group, una firma de abogados en Panam\u00e1. Si desea realizar un tr\u00e1mite legal, solicitar una cita o desea mayor informaci\u00f3n, puede escribirnos a info@panamaimmigration.net o info@panamalegalgroup.com. Estaremos complacidos en ayudarle. Puede visitar nuestra p\u00e1gina web: www.panamalegalgroup.com.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La importancia de las sociedades an\u00f3nimas es la versatilidad, la seguridad y la confianza, y el f\u00e1cil manejo por parte de sus due\u00f1os. Las Sociedades An\u00f3nimas tienen una participaci\u00f3n en el capital social, representado a trav\u00e9s de Certificados de Acciones. Los accionistas de una sociedad an\u00f3nima (S.A) no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino \u00fanicamente hasta el monto del capital aportado. Podemos mencionar como caracter\u00edsticas las siguientes: Anonimidad Sobre los beneficiarios o due\u00f1os de la sociedad, debido a que sus nombres se registran solamente en el Libro de Acciones de la Sociedad y no en oficinas p\u00fablicas. Exenci\u00f3n de Impuestos (Offshore) Sobre los bienes, las utilidades, beneficios o ganancias obtenidas por la Sociedad Offshore, cuando estas se obtengan o se realicen fuera del territorio de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. En la Rep\u00fablica de Panam\u00e1, el Impuesto sobre la Renta se grava s\u00f3lo sobre el ingreso neto gravable que se obtenga de las operaciones llevadas a cabo dentro del territorio de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. 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Las sociedades que tiene \u00fanicamente ingresos de fuentes extranjeras no est\u00e1n obligadas a preparar o publicar estados financieros ni les es requerido declaraci\u00f3n. Exoneraci\u00f3n de Declaraci\u00f3n en el Territorio Nacional (Offshore) Sobre actividades realizadas por la Sociedad paname\u00f1a fuera de Panam\u00e1, no se exige la presentaci\u00f3n de declaraciones financieras, comerciales o tributarias. Idioma del Pacto Social En Panam\u00e1, el Pacto Social de la Sociedad o Corporaci\u00f3n Offshore puede ser confeccionado en otro idioma, adem\u00e1s del espa\u00f1ol. Capital de la Sociedad No se requiere que el capital de la sociedad se encuentre depositado en bancos, o que los bienes de la Sociedad se encuentren ubicados en Panam\u00e1. Tampoco se requiere que el total del capital sea pagado al momento de su constituci\u00f3n. Propietarios, Junta Directiva y Dignatarios Una o m\u00e1s personas (naturales o jur\u00eddicas), nacionales o extranjeros, pueden ser propietarios de la sociedad paname\u00f1a, salvo cuando se trate del comercio al por menor dentro de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. Los Directores y Dignatarios de la sociedad no necesitan ser accionistas. Se requiere un m\u00ednimo de tres Directores, sin embargo, uno puede ejecutar m\u00e1s de una funci\u00f3n como Dignatario. Poder General En caso de preferirse la total confidencialidad, se puede solicitar el servicio de Junta Directiva, que posteriormente otorgar\u00e1 un Poder General para su manejo y apertura de cuentas, que ser\u00e1 totalmente privado. Titularidad Las sociedades paname\u00f1as pueden ser de toda clase de bienes o activos, incluyendo cuentas bancarias, localizados en cualquier parte del mundo, y de las cuales no tienen que ser declaradas en Panam\u00e1. Diferencia entre Sociedad An\u00f3nima y Sociedad An\u00f3nima Offshore Ambas sociedades son constituidas similarmente, se diferencian en que la an\u00f3nima ejerce su comercio en la Rep\u00fablica de Panam\u00e1 y est\u00e1 obligada a declarar impuestos, obtener un Aviso de Operaci\u00f3n, y dem\u00e1s permisos necesarios para las operaciones dentro del territorio nacional dependiendo de sus funciones, as\u00ed como el pago de los impuestos correspondientes. Las sociedades offshore ejercen el comercio fuera del territorio nacional, por ello, si sus actividades se consuman en otro pa\u00eds, sus ganancias no est\u00e1n obligadas a ser declaradas en Panam\u00e1 ni el pago de impuestos de las mismas. El resto de sus caracter\u00edsticas como Junta Directiva, confidencialidad, capital, etc., son iguales. Requisitos: &#8211; Nombre de la sociedad. Se solicitar\u00e1n tres opciones en caso de que alguno est\u00e9 ya registrado. &#8211; Los fines principales de la sociedad. &#8211; La cantidad del capital autorizado, indicando el n\u00famero de acciones en que se dividir\u00e1 el mismo. La ley paname\u00f1a exige un m\u00ednimo de diez mil d\u00f3lares (US$10,000.00), sin embargo no es necesario que sean desembolsados. &#8211; Si el capital estar\u00e1 constituido por acciones de valor nominal, sin valor nominal o con valor a la par. En el caso de acciones con valor nominal o valor a la par, no es necesario declarar la cantidad del capital, sin embargo; es necesario indicar el n\u00famero de acciones que ser\u00e1n emitidas. &#8211; Si las acciones ser\u00e1n nominativas o al portador. &#8211; El nombre completo y la direcci\u00f3n postal de por lo menos tres Directores. &#8211; El nombre completo, sin iniciales, y direcci\u00f3n de los primeros Dignatarios de la sociedad; es decir, un Presidente, un Secretario y un Tesorero. La Ley permite que una misma persona ocupe m\u00e1s de un cargo. Los Directores y Dignatarios no necesitan ser residentes o ciudadanos de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. &#8211; Copia de Pasaporte de los accionistas. &#8211; Datos generales y copia de pasaporte del apoderado general en caso de requerirlo. Panama Immigration es un blog de Panama Legal Group, una firma de abogados en Panam\u00e1. Si desea realizar un tr\u00e1mite legal, solicitar una cita o desea mayor informaci\u00f3n, puede escribirnos a info@panamaimmigration.net o info@panamalegalgroup.com. Estaremos complacidos en ayudarle. 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