¿Sabes cuáles son los nuevos requisitos para aplicar a la categoría de países amigos en Panamá? Aquí podrás encontrar toda la información que necesitas saber.

La categoría Migratoria de Países Amigos, fue modificada por el Decreto No. 226 de 20 de Julio de 2021, por lo cual de ahora en adelante, se podrá conceder a los extranjeros nacionales de países específicos, un Permiso Provisional por dos (2) años a aquellos que soliciten la Residencia en calidad de Países Amigos, con el fin de ejercer actividades económicas o profesionales, y luego de los dos (2) primeros años, se podrá optar por la Residencia Permanente.

Dentro de los cambios se pueden observar que aquellos que demuestren o sustenten la finalidad de requerir residencia según la actividad económica o principal, salvo las reservadas por ley para los nacionales, se podrán demostrar por medio de algunas de las siguientes condiciones:

Los países específicos que se mantienen dentro del listado para aquellos extranjeros interesados en aplicar a esta categoría son:

  1. Alemania
  2. Andorra
  3. Argentina
  4. Australia
  5. Austria
  6. Bélgica
  7. Brasil
  8. Canadá
  9. Chile
  10. Chipre
  11. Costa Rica
  12. Croacia
  13. Dinamarca
  14. Eslovaquia
  15. España
  16. Estados Unidos
  17. Estonia
  18. Finlandia
  19. Francia
  20. Grecia
  21. Holanda
  22. Hungria
  23. Israel
  24. Japón
  25. Latvia
  26. Liechtenstein
  27. Lituania
  28. Luxemburgo
  29. Malta
  30. México
  31. Mónaco
  32. Noruega
  33. Nueva Zelanda
  34. Paraguay
  35. Perú
  36. Polonia
  37. Portugal
  38. Región Administrativa de Hong Kong
  39. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
  40. República Checa
  41. República de Corea
  42. República de Irlanda
  43. San Marino
  44. Serbia y Montenegro
  45. Singapur
  46. Sudáfrica
  47. Suecia
  48. Suiza
  49. Uruguay

https://www.panamalegalgroup.com/

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