Viajar fuera de Panamá con un menor de edad requiere cumplir con una serie de requisitos legales diseñados para garantizar su seguridad y el consentimiento de sus padres o representantes.
Si estás planificando un viaje familiar, o tu hijo(a) viajará solo o con un tercero, es importante conocer qué documentos exige la ley panameña para autorizar la salida de menores del país.
En este artículo te explicamos qué dice el Artículo 40 del Decreto sobre Salidas de Menores, cuáles son los documentos que se deben presentar y cómo puedes realizar este trámite de forma rápida y online con Panama Legal Group.
📜 ¿Qué establece el Artículo 40 sobre la salida de menores en Panamá?
El Artículo 40 regula los casos en los que un menor de edad puede salir del territorio nacional, ya sea panameño o extranjero con residencia en el país.
De acuerdo con la normativa, la salida será permitida en los siguientes escenarios:
👨👩👧 1. Cuando viaja acompañado por ambos padres
Si el menor viaja junto a su padre y madre, no requiere autorización adicional, únicamente sus documentos de identidad y los del menor.
👩👦 2. Cuando viaja con uno de los progenitores
Si el menor viaja solo con su madre o su padre, el acompañante debe presentar una autorización escrita del otro progenitor, debidamente autenticada ante un notario público en Panamá.
⚖️ 3. En caso de fallecimiento de uno de los padres
Si uno de los progenitores ha fallecido, el padre o madre acompañante deberá presentar la certificación de defunción del ausente, junto con los demás documentos habituales.
👩🦰👨🦱 4. Cuando el menor viaja con un tercero
Si el menor viaja con una persona distinta a sus padres, se requiere la autorización escrita de ambos progenitores, autenticada por notario público.
👦✈️ 5. Cuando el menor viaja solo
El menor deberá presentar:
- Autorización escrita de ambos padres, debidamente autenticada.
- Certificado de nacimiento original o copia autenticada, o la cédula juvenil.
- Cédula o pasaporte de ambos padres.
🌍 Requisitos adicionales para documentos emitidos en el extranjero
El mismo Artículo 40 establece que los documentos expedidos fuera de Panamá deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Apostilla o autenticación consular:
Todo documento debe estar apostillado o autenticado por el Consulado o Embajada de Panamá en el país emisor, y posteriormente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá. - En países sin embajada panameña:
Si Panamá no tiene representación diplomática en el país emisor, el documento deberá autenticarse en la embajada o consulado de un país amigo. - Traducción oficial:
Si el documento está en otro idioma, debe ser traducido por un traductor público autorizado en Panamá, con referencia a su resolución de autorización. - Conversión de moneda:
Cuando un documento haga referencia a montos en moneda extranjera, deberá incluir una conversión oficial a dólares (USD) emitida por una entidad competente.
📌 Importante: Los menores no residentes en Panamá están exentos de cumplir con estos requisitos.
📑 Documentos básicos para autorización de salida de un menor en Panamá
A modo de resumen, al momento de tramitar la autorización, se deben presentar los siguientes documentos:
| Documento | Descripción |
|---|---|
| Pasaporte del menor | Vigente y en buen estado. |
| Cédulas o pasaportes de los padres | Original y copia. |
| Certificado de nacimiento del menor | Original o copia autenticada. |
| Autorización notariada o judicial | Según el caso (padres ausentes o fallecido). |
| Boleto de viaje o itinerario | Si el menor viajará pronto. |
| Traducciones o apostillas | Si los documentos son extranjeros. |
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🧭 Consejos prácticos antes del viaje
- Verifica que los documentos del menor y de los padres estén vigentes.
- Realiza el trámite con al menos una semana de anticipación a la fecha del vuelo.
- Lleva copias impresas de todos los documentos autorizados por el notario.
- Si el viaje incluye países con visa, revisa los requisitos del destino.
